25 mar 2026
Agencia Aragonesa de noticias
Sucesos

El TSJA revoca la condena de seis años por agresión sexual a dos acusados en Zaragoza

 

Los dos jóvenes que fueron condenados a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial y ahora han sido absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).
Los dos jóvenes que fueron condenados a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial y ahora han sido absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha absuelto a dos hombres que habían sido condenados a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial de Zaragoza por un delito de agresión sexual en grado de tentativa. El tribunal ha estimado el recurso de apelación presentado contra la sentencia dictada el pasado mes de noviembre y ha revocado íntegramente el fallo anterior, al considerar que “la valoración de la prueba no permite sostener la condena”.

Los hechos se remontan a la madrugada del 15 de septiembre de 2023, cuando la denunciante salió de fiesta con sus hermanas y varios conocidos a la discoteca Chocolat de Zaragoza. Tras pasar varias horas en el local, el grupo continuó la noche en un bar del barrio de Delicias y, ya entrada la mañana, algunos de ellos se trasladaron al domicilio de uno de los acusados para seguir la fiesta.

Según el relato de la joven durante el juicio de hace cuatro meses, en un momento dado se retiró a dormir a una habitación del piso después de haber ingerido alcohol y diversas sustancias. Según su relato, un rato más tarde se despertó sobresaltada en la cama mientras los dos acusados “intentaban agredirla sexualmente”, uno vía anal y el otro intentando practicarle sexo oral, sin que quedara muy claro el transcurso de lo sucedido, a tenor de lo manifestado ahora por el TSJA. Tras abandonar la habitación entre lágrimas, alertó a su hermana y a otras personas presentes en la vivienda, y horas después presentó una denuncia en dependencias policiales.

La Audiencia Provincial consideró probada esa versión y condenó a ambos jóvenes a seis años de prisión por agresión sexual en grado de tentativa, además de imponerles libertad vigilada, órdenes de alejamiento y una indemnización para la denunciante que ascendía hasta los 8.000 euros.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha revisado el caso y ha concluido que la valoración de la prueba realizada en la primera sentencia fue “errónea”. En su resolución, los magistrados recuerdan que el principio de presunción de inocencia exige que una condena penal se base en pruebas de cargo válidas y suficientes. En palabras del tribunal, nadie puede ser condenado sin “una mínima actividad probatoria… de la que quepa inferir razonablemente los hechos y la participación del acusado”.

Tras analizar las declaraciones y el resto de elementos del proceso, la sala ha considerado que “existen dudas suficientes sobre cómo ocurrieron los hechos y que no puede mantenerse la condena”. Los magistrados concluyen que “es de apreciar el error en la valoración de la prueba”, lo que lleva a estimar el recurso presentado por los acusados.

Por todo ello, el TSJA ha revocado la sentencia de la APZ y ha acordado la absolución de ambos acusados, defendidos por la abogada Marina Ons, dejando sin efecto todas las medidas que pesaban sobre ellos. La resolución ha sido dictada el pasado 25 de febrero y aún puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.